El acuerdo: flexibilización de la jornada


Finalmente, con fecha 18 de julio se ha procedido a firmar el acuerdo, del que ya se informó hace unas semanas en las asambleas que convocó el Comité de Empresa, y que tiene por objeto desregular parte de la jornada laboral, NO la docente.
Para aquellos que no pudisteis acudir hacemos un resumen de los asuntos que son objeto de acuerdo:
1. Que afectan al personal docente:
 Jornada máxima diaria: en este punto la propuesta está en la posibilidad de hacer hasta 10h de jornada laboral (que no docente), un máximo de 2 días a la semana. El resto de las horas semanales se distribuyen en los 3 días restantes, pero no se computaran jornadas de más de 8h.(más la de comida)
 Rango horario de actividad: en este punto se propone la posibilidad de que el cómputo de la jornada laboral comience a las 07:00 y acabe a las 23:00 horas. En ese rango horario se registraría nuestra presencia en el centro
 Tiempo de comida: en este punto se amplía el margen para no computar el tiempo de comida, solo habrá que restar la hora de comida cuando se haya estado en el centro más de 7:29 horas.
2. Que afectan al personal no docente:
 Flexibilidad horaria: en este punto se ha intentado dar ciertos márgenes de flexibilidad tanto al comienzo como al final de la jornada, de modo que aquellos trabajadores cuyo horario esté fijado de 9 a 18 horas, podrán iniciar la
jornada entre las 8:30 horas y las 9:30 horas, así mismo podrán acabar la jornada entre las 17:30 y las 18:30 horas.
 La salida nunca se podrá realizar antes de las 17:30.
 Será el director del dpto. El responsable de que estos nuevos ajustes de jornada permitan atender la franja de 9 a 18 horas.
 Aquel personal cuya jornada sea a turnos o tenga un horario específico definido no podrá beneficiarse de estos márgenes de flexibilidad.
 Tiempo de comida: en este punto se introduce una variación, ya que el tiempo de comida podrá ser de 30 y 60 minutos e irá en relación con el punto anterior de la flexibilidad, ya que la hora de comida se podrá ajustar para que sea mayor o menor en función de la hora de entrada o salida que se tenga prevista para esa jornada laboral.

Por nuestra parte lamentamos la falta de ambición de la empresa al no querer llegar a un acuerdo que palie, realmente, la nefasta situación que la propia empresa ha causado con la implantación del GRP.
Unos matices, muy necesarios desde el punto de vista de esta Sección Sindical, mantenían la firma del acuerdo en un limbo hasta la fecha de la firma.
Esencialmente la paralización se debía a la incorporación al texto  del  término “voluntariamente” en el punto que indica la posibilidad de hacer hasta 10 h de jornada laboral que afecta al personal docente, es esencial concienciarnos de que la aceptación o no de hacer 10 h es una cuestión absolutamente voluntaria y que decide el trabajador, no debemos tolerar imposiciones por parte de los responsables de organizar nuestro trabajo en este sentido.
La puesta en marcha de este acuerdo será notificada por RRHH, se espera que sea a comienzos de Septiembre, pero no es una fecha cerrada

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